Abrir un restaurante o un bar, además de contar con la energía y conocimiento para gestionarlo, implica cumplir con una serie de normas técnicas y requerimientos legales regulados por cada Comunidad Autónoma.
Pero los compromisos no terminan allí. Cuando inauguras un establecimiento adquieres otras responsabilidades, entre las que se encuentra la fijación obligatoria de cartelería en el restaurante. Sí, carteles que informen a los clientes sobre las prohibiciones o condiciones del servicio que presta tu local.
Carteles obligatorios en hostelería
Las normativas de España que tienen por objeto la regulación de los establecimientos públicos, como los restaurantes y bares, establecen la obligatoriedad de la exhibición de carteles con ciertas disposiciones.
Algunos de estos letreros contienen información para la comodidad del cliente, otros muestran normas legales que el visitante y el local deben cumplir.
Horario legal, aforo y licencia local
Es obligatorio exhibir en un sitio visible el horario legal de apertura y cierre del establecimiento para el público.
Además, es importante que el cliente conozca el aforo, o cantidad de personas máximas que puede albergar el restaurante o bar de manera simultánea, tanto por bio-seguridad como por ser una de las bases para que puedas reservarte el derecho de admisión.
Por su parte, la licencia de funcionamiento del local, expedida por el Ayuntamiento respectivo, debe publicarse en un sitio visible del establecimiento. La mayoría de veces esta licencia incluye la información sobre horarios y aforo.
Por ejemplo, en la Comunidad de Madrid esta publicación se conoce como cartel LEPAR (Ley de Espectáculos Públicos y Recreativos 17/1997). Consiste en la licencia municipal de funcionamiento que incluye el horario de atención al público y el aforo.
Prohibición de consumo y venta de bebidas alcohólicas a menores de edad
Vender, suministrar, regalar, servir o ser permisivo con el consumo de alcohol de los menores de edad se encuentra prohibido y sancionado por la Ley.
Por lo tanto, debes informar que en tu local se encuentra prohibida la venta y consumo de bebidas alcohólicas para los menores de 18 años. Dicha advertencia debe ser publicada mediante un letrero en sitios cercanos al mostrador o a la entrada.
Consulta la plantilla de cartel disponible en tu Comunidad Autónoma, de ejemplo puedes ver el que tienen en la Comunidad Valenciana.
Prohibición de fumar en todo el establecimiento
De acuerdo a la “Ley de medidas sanitarias frente al tabaquismo” y a las normativas accesorias se encuentra terminantemente prohibido fumar en restaurantes, bares y cualquier otro establecimiento cerrado destinado a la restauración.
La misma ley exige la colocación de un cartel a la entrada del local, en sitio visible, que informe la prohibición de fumar dentro. El permitir fumar o no disponer de tal letrero se considera una infracción y es sancionada con multa.
Puedes descargar un cartel genérico aquí
Derecho de admisión en el caso de que desees aplicarlo
Son varias las circunstancias en las que un restaurante o bar puede impedir la permanencia o entrada de alguna persona. Por ejemplo, de forma general, estos establecimientos pueden limitar la permanencia o acceso al local cuando:
- La persona muestre un comportamiento violento o molesto, que incite a la xenofobia, al racismo o a la propia violencia.
- El horario de cierre del local se ha superado.
- El aforo está completo.
- Uso de ropa de baño o disfraces en despedidas de solter@.
- La persona porte armas, etc.
Pueden existir otras causas, como la falta de aseo personal o el estado de embriaguez, siempre que sean razones objetivas que no impliquen discriminación por edad, nacionalidad, raza o sexo.
Si piensas aplicar el derecho de admisión es obligatorio que publiques el cartel con la información. La normativa para la solicitud, para su diseño y publicación, es competencia de la Comunidad Autónoma. Sin embargo, en caso de estar permitido, siempre es bueno informar de las causas en el mismo letrero.
Existe una página web que te permite crear el cartel con tus requisitos de manera sencilla y online: https://edit.org/edit/cat/0/240
Cartel de prohibición de venta de tabaco a menores de edad
Se encuentra prohibido la venta de tabaco a los menores de 18 años. Por lo tanto, en caso de que expendas tabaco, otro de los letreros obligatorios para negocios es el cartel que señale la prohibición de la venta de productos del tabaco a los menores de edad.
Hoja de reclamaciones a disposición del cliente
Para garantizar que los clientes conozcan su derecho a reclamar, es obligatorio que los establecimientos de hostelería pongan a su disposición un cartel en el que se indique que disponen de hojas de reclamaciones. Este cartel debe estar colocado en un lugar visible y accesible para los clientes, de manera que estos puedan identificar fácilmente dónde pueden solicitar la hoja de reclamaciones si lo necesitan.
La obligación de poner un cartel anunciando la disponibilidad de hojas de reclamaciones es importante para garantizar la transparencia y la protección de los derechos de los clientes. De esta manera, se fomenta la confianza en el sector y se mejora la calidad del servicio prestado. Por tanto, los establecimientos deben asegurarse de cumplir con esta obligación para garantizar la satisfacción de los clientes y su fidelidad.
Otros carteles específicos obligatorios
También existen carteles obligatorios en bares y restaurantes que contienen información específica sobre el servicio que prestan o sobre las medidas de seguridad.
Listado de precios
Otro de los carteles obligatorios en bares o restaurantes es el que muestra el listado de precios. Este debe exhibirse dentro y fuera del local. Aunque en los bares solo existe la obligación de fijar el listado dentro del negocio.
Es importante tomar en cuenta que los precios debes mostrarlos completos. Esto significa que cada precio debe contener cualquier impuesto y cargo por el servicio que deba pagar el consumidor. Además, es importante que se muestre cualquier diferencia que exista en el precio según el sitio de consumo: barra, terraza o mesa.
Vigilancia mediante cámaras de seguridad
En caso de que tu restaurante o bar se encuentre vigilado mediante cámaras de seguridad, es obligatorio que los clientes conozcan que están siendo grabados.
No existen requerimientos específicos técnicos del vídeo, pero sí existen obligaciones que debes cumplir en cuanto a tratamiento de datos, para cumplir con el Reglamento General de protección de Datos RGPD.
Por lo tanto, es obligatoria la cartelería en restaurantes que informen, además de que la zona se encuentra vídeo-vigilada, sobre el tipo de tratamiento de la información, la identidad y forma de contactar al responsable y los derechos que puede ejercer el interesado.
En caso de que instales diversas cámaras de seguridad, debes fijar un cartel junto a cada equipo.
Puedes descargar cartel de videovigilancia: Aquí
Equipos contraincendios o vías de evacuación
Entre los letreros obligatorios para negocios en materia de seguridad están los relacionados a casos de incendios y los de las vías de escape.
Es obligatorio instalar un cartel al lado de cada manguera o extintor de incendios. Cuando estos equipos no se encuentren en lugares visibles, es necesario colocar flechas que indiquen el camino a dichos equipos.
Por otro lado, es indispensable colocar carteles de señalización que indiquen la salida de emergencia y la ruta para llegar a ésta.
El diseño, la forma, las dimensiones y la colocación de estos carteles y otras medidas técnicas son reguladas por el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, a través de su “Guía Técnica sobre la señalización de seguridad y salud en el trabajo”.
Otros carteles no obligatorios que podrían interesarte
Entre los carteles no obligatorios que puedes publicar en tu restaurante o bar están los siguientes:
Los pasos al hacer el pedido para llevar
Instalar un cartel con los pasos al pedir comida para llevar es una buena y didáctica estrategia para facilitar la información al cliente y agilizar el trabajo de atención en tu restaurante o bar.
Asegúrate de indicar todos los pasos y de identificar el área de solicitud del pedido, la zona de retiro y de pago.
Las normas de higiene
Otro de los carteles que pueden interesarte es el que informa las buenas prácticas de higiene. Normalmente, son carteles con modelos didácticos o infografías colocados cerca de la zona de baños.
Pueden contener información sobre el correcto lavado de manos, el sano distanciamiento social, el uso de gel desinfectante, etc. O explicar la importancia de lavar las manos antes y después de consumir los alimentos.
También puedes implementar el uso de carteles no obligatorios para indicar los medios de pagos que aceptas en tu negocio, la prohibición de animales, etc.
Recuerda que el incumplimiento de la fijación de la cartelería obligatoria en tu restaurante o bar puede acarrear sanciones con multas administrativas.
Por esto es importante concienciarse de que tanto la colocación de letreros obligatorios como otros que te interese publicar en tu local son instrumentos que mejorarán el servicio que ofreces a tus clientes o que, ante alguna circunstancia, pueden salvarte de responsabilidades mayores.
Otra de las prácticas que te conducirán a otorgar un servicio de calidad a cada cliente es implementar soluciones sostenibles. Puedes hacerlo mediante el uso de platos, vasos, copas, envases, servilletas, manteles, bolsas o agitadores que sean biodegradables o reciclables.
En Envanature nos especializamos en soluciones take away sostenibles para restauración, hostelería y catering. Contáctanos y te asesoraremos sobre las soluciones que necesitas.
Hola, se os olvidó mencionar en este artículo la obligatoriedad de tener visible un cartel que informe de la existencia de hojas de reclamación a disposición del cliente que las solicite, así como el libro de visitas de ionspección.
Es obligatorio en todos los establecimientos que ofrezcan cualquier tipo de servicio a consumidores finales, así como su registro ante la Secretaria Territorial de consumo (Conselleria d´Hisenda i model Económic).
Buenos días Rafa,
Muchas gracias por tu aportación, vamos a revisarlo de forma inmediata y a añadir al artículo la parte que nos mencionas.
De nuevo, muchas gracias por la aclaración.
Un saludo